(→Patentes y tipos de Licencias de Software) |
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A modo de infomación general, definiremos lo que se entiende por PATENTE, LICENCIA, MODELO DE UTILIDAD, DERECHOS DE AUTOR o PROPIEDAD INTELECTUAL. | A modo de infomación general, definiremos lo que se entiende por PATENTE, LICENCIA, MODELO DE UTILIDAD, DERECHOS DE AUTOR o PROPIEDAD INTELECTUAL. | ||
| − | + | ====QUE ES UNA PATENTE?==== | |
Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la Patente se pone a disposición del público para general conocimiento. | Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la Patente se pone a disposición del público para general conocimiento. | ||
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* La duración de la Patente es de veinte años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Para mantenerla en vigor es preciso pagar tasas anuales a partir de su concesión. | * La duración de la Patente es de veinte años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Para mantenerla en vigor es preciso pagar tasas anuales a partir de su concesión. | ||
| − | + | ====LA LICENCIA==== | |
La licencia es básicamente un contrato que se establece entre el propietario de los derechos de una patente, o derechos de autor y el usuario o los usuarios, para el correcto uso del bien en cuestión, en cuanto a habilitación, limitaciones y restricciones de uso. | La licencia es básicamente un contrato que se establece entre el propietario de los derechos de una patente, o derechos de autor y el usuario o los usuarios, para el correcto uso del bien en cuestión, en cuanto a habilitación, limitaciones y restricciones de uso. | ||
| − | Existen muchos tipos de licencias, incluso la falta de licencia puede ser en si misma una | + | Existen muchos tipos de licencias, incluso la falta de licencia puede ser en si misma una licenci |
| − | + | ====¿QUÉ ES UN MODELO DE UTILIDAD?==== | |
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* El Modelo de Utilidad protege invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por Patentes, consistentes, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica. | * El Modelo de Utilidad protege invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por Patentes, consistentes, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica. | ||
* El dispositivo, instrumento o herramienta protegible por el Modelo de Utilidad se caracteriza por su "utilidad" y "practicidad" y no por su "estética" como ocurre en el diseño industrial. | * El dispositivo, instrumento o herramienta protegible por el Modelo de Utilidad se caracteriza por su "utilidad" y "practicidad" y no por su "estética" como ocurre en el diseño industrial. | ||
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* La duración del Modelo de Utilidad es de diez años desde la presentación de la solicitud. Para el mantenimiento del derecho es preciso el pago de tasas anuales. | * La duración del Modelo de Utilidad es de diez años desde la presentación de la solicitud. Para el mantenimiento del derecho es preciso el pago de tasas anuales. | ||
| − | + | ===PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR=== | |
* La propiedad intelectual es una figura jurídica creada con el fin de englobar todos aquellos derechos que tiene el creador de una invención. Como tal, se divide en dos grandes secciones y éstas, en apartados específicos donde se encuadran resoluciones mas concretas: | * La propiedad intelectual es una figura jurídica creada con el fin de englobar todos aquellos derechos que tiene el creador de una invención. Como tal, se divide en dos grandes secciones y éstas, en apartados específicos donde se encuadran resoluciones mas concretas: | ||
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Nosotros, usuarios de software libre, es decir, publicado con una licencia ampliamente permisiva en cuanto a copia, distribución y manipulación del mismo, debemos de conocer en detalle este debate apasionante que determinará consecuencias aun no previstas para un futuro inmediato. | Nosotros, usuarios de software libre, es decir, publicado con una licencia ampliamente permisiva en cuanto a copia, distribución y manipulación del mismo, debemos de conocer en detalle este debate apasionante que determinará consecuencias aun no previstas para un futuro inmediato. | ||
Así que, a partir de este punto, la palabra estará en vuestras manos. Toda la información que estiméis relevante, podéis incluirla aquí.Poned especial cuidado en que, si tiene un Copyright, tenéis que pedir autorización a quien detente esa licencia para publicarlo. De lo contrario, absteneros de hacerlo. | Así que, a partir de este punto, la palabra estará en vuestras manos. Toda la información que estiméis relevante, podéis incluirla aquí.Poned especial cuidado en que, si tiene un Copyright, tenéis que pedir autorización a quien detente esa licencia para publicarlo. De lo contrario, absteneros de hacerlo. | ||
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| + | ==Informacion de interés== | ||
Os dejo, algunos enlaces de imprescindible lectura. | Os dejo, algunos enlaces de imprescindible lectura. | ||
Contenido |
A modo de infomación general, definiremos lo que se entiende por PATENTE, LICENCIA, MODELO DE UTILIDAD, DERECHOS DE AUTOR o PROPIEDAD INTELECTUAL.
Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la Patente se pone a disposición del público para general conocimiento.
La licencia es básicamente un contrato que se establece entre el propietario de los derechos de una patente, o derechos de autor y el usuario o los usuarios, para el correcto uso del bien en cuestión, en cuanto a habilitación, limitaciones y restricciones de uso. Existen muchos tipos de licencias, incluso la falta de licencia puede ser en si misma una licenci
La propiedad industrial abarca dentro de su amplio espectro, las invenciones, patentes, modelos industriales, dibujos técnicos, aplicaciones comerciales, así como métodos para el mejoramiento de manipulaciones, extracciones, etc. La creación de esta figura, no es reciente, data de la convención de París en el año 1883, si bien ha recibido numerosas ampliaciones y modificaciones a lo largo de los años. Fueron sus objetivos en primera instancia, 1º proteger de manera objetiva, los derechos morales y económicos de los creadores, así como el derecho regulador hacia el público para acceder a aquellas invenciones. 2º Fomentar la creatividad como fuente de recursos para el desarrollo de una sociedad volcada en una revolución industrial y social floreciente.
Los derechos de autor, tal vez la forma mas conocida sea el Copyright, es decir "el derecho de copia" que afecta en general a obras literarias, pintura, fotos, películas,en general aquellas creaciones relacionadas con la cultura desde un punto de vista humanista. El Copyright, si bien protege al autor de la obra, en realidad es una licencia que puede otorgarse por el autor a un tercero en determinadas condiciones. El derecho de autor, afecta únicamente al autor de la obra que es quien tiene todos los derechos sobre su creación, independientemente de la licencia del Copyright.
Esto es una brevísima introducción a un tema enormemente complejo, que, con la ayuda de todos ampliaremos en esta página. Es obvio, que lo que mas nos interesa es la parte relacionada con el Software, tema del que se han derramado ya, ríos de tintas, no sólo en el apartado técnico de la ley, sino en la cobertura moral y ética que se ha puesto de manifiesto por no pocas instituciones, plataformas y comunidades.
Nosotros, usuarios de software libre, es decir, publicado con una licencia ampliamente permisiva en cuanto a copia, distribución y manipulación del mismo, debemos de conocer en detalle este debate apasionante que determinará consecuencias aun no previstas para un futuro inmediato. Así que, a partir de este punto, la palabra estará en vuestras manos. Toda la información que estiméis relevante, podéis incluirla aquí.Poned especial cuidado en que, si tiene un Copyright, tenéis que pedir autorización a quien detente esa licencia para publicarlo. De lo contrario, absteneros de hacerlo.
Os dejo, algunos enlaces de imprescindible lectura.
http://www.wipo.int/about-wipo/es/what_is_wipo.html
http://www.gnu.org/licenses/licenses.es.html
http://laespiral.org/articulos/licencias/licencias.html
http://www.ati.es/novatica/2006/181/nv181sum.htm
http://softwarelibre.eventos.usb.ve/files/presentaciones/licenciamiento.pdf.